Delincuentes por sentimiento de culpa
Cuando el Castigo es el Fin Deseado
Hoy voy a hablarte del concepto que Sigmund Freud describió en su ensayo de 1916: los “delincuentes por sentimiento de culpabilidad”.
Contrastaremos esta idea con los elementos fundamentales de la Dogmática Penal, analizando cómo la Ley interna del sujeto choca inevitablemente con el ordenamiento jurídico, la Ley externa. Ya que, para algunas personas, el castigo no es una disuasión, sino un fin deseado.
La Colisión: Psicoanálisis vs. Derecho Penal
La tesis freudiana del “delincuente por sentimiento de culpabilidad” plantea una cuestión profunda con los fundamentos del Derecho Penal moderno. Freud sostiene que, en ciertos sujetos neuróticos, el delito no se comete para obtener un beneficio, sino para satisfacer una necesidad inconsciente: la necesidad de ser castigados.
El acto criminal sería, así, un medio para calmar una culpa que ya existía, antes de cometer el delito.
Sin embargo, la Dogmática Penal descansa sobre principios que presuponen voluntad consciente y libre albedrío, lo que coloca ambas perspectivas en colisión directa. El Derecho Penal se enfoca en la imputabilidad y el dolo. La tesis de Freud nos confronta con una lógica que cuestiona esto: la existencia de ciertos sujetos que cometen un acto criminal precisamente para aliviar su culpa.
El Constructo Psicoanalítico: La Tiranía del Superyó
Para comprender la dinámica de estos delincuentes, debemos adentrarnos en la segunda tópica freudiana: el Superyó y su relación con la culpa.
El centro de este conflicto, lo que impulsa al sujeto a delinquir, es el Superyó. Piénsalo así:
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El Superyó es nuestra conciencia moral interna, la instancia que nos juzga y nos prohíbe.
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No es algo innato, sino que se forma en nuestra infancia, específicamente en la resolución del Complejo de Edipo.
Este proceso ocurre cuando el niño se ve obligado a renunciar a ciertos deseos primarios (eliminar al padre, poseer a la madre). Esta renuncia es la base de la cultura: aceptamos que hay reglas que sostienen el lazo social. Al renunciar a esos deseos, el niño internaliza la prohibición y la figura de la autoridad.
El Superyó es el heredero directo del Complejo de Edipo, y es la primera inscripción de la Ley social en nuestra psique. Es, en esencia, la voz de la autoridad, el juez interno que nunca descansa.
El Problema de la Severidad
En los casos de los delincuentes por culpa, este Superyó no es un juez justo, sino más bien un tirano cruel. Se caracteriza por una severidad desmedida o hipertrofia, como menciona Freud. Actúa contra el propio Yo con una violencia implacable, castigándolo mediante un sentimiento de culpa intenso y, lo más importante, inconsciente.
Esta culpa interna es tan insoportable que el sujeto busca desesperadamente un medio para traducirla a la realidad, y lo hace a través de la Ley externa.
Su mecanismo de escape es cometer el delito para que finalmente llegue la ansiada recompensa: el castigo real (la prisión), y así satisfacer la exigencia brutal de su juez interno: el Superyó.
El Punto Crítico en la Teoría del Delito
La tesis de Freud choca directamente contra uno de los pilares inamovibles de la Teoría del Delito. Para que una acción sea punible, debe cumplir tres requisitos (los pilares):
| Pilar | Concepto Clave | Descripción Breve |
| 1. Tipicidad | Conducta Descrita | El acto debe estar descrito en la ley. No se castigan deseos, solo actos jurídicamente definidos. |
| 2. Antijuridicidad | Contradicción Legal | El acto debe contradecir el orden jurídico (no estar justificado por legítima defensa, etc.). |
| 3. Culpabilidad | Juicio de Reproche | El punto crítico. Se castiga cuando al sujeto le era exigible actuar conforme a la norma. |
La Culpabilidad requiere:
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Libre albedrío.
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Capacidad de comprender la norma.
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Capacidad de decidir.
Por ende, la Dogmática Penal exige voluntad consciente en la acción.
Aquí es donde Freud cuestiona el esquema: No todo acto es libre, aunque lo parezca.
En el caso del delincuente por sentimiento de culpa, el delito está determinado por el Superyó. El sujeto siente, sin saberlo, que debe ser castigado. La culpa no aparece después del delito; la culpa ya existía previamente. El delito es la vía para obtener el castigo y así calmar la culpa inconsciente que lo atormenta.
El acto de cometer el delito es querido y buscado, sí. Pero la causa que lo impulsa no es una causa libre. El sujeto neurótico estaba determinado a cometerlo por una fuerza interna inconsciente.
¿Qué sucede con la Imputabilidad?
El Derecho Penal exige intención consciente (dolo).
En el delincuente por culpa, la motivación profunda no es racional, económica o práctica. Es una necesidad interna: tiene que pagar por algo que ni siquiera el sujeto sabe.
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¿Entiende la norma? Sí.
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¿Sabe que está mal? Sí.
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Pero… ¿podría actuar de distinta manera?
¿Podría un sujeto neurótico elegir no cometer el delito cuando su libertad de decisión está comprometida y su acción está determinada por un Superyó implacable? Esta es la pregunta que la teoría freudiana deja abierta en el ámbito penal.
La Pena como Refuerzo del Síntoma
El Derecho espera que la pena prevenga nuevos delitos (Prevención General) y que rehabilite al delincuente (Prevención Especial).
Pero ¿qué sucede en el caso del delincuente por culpa?
La pena, lejos de corregir e intimidar al sujeto, lo que provoca es satisfacer el deseo inconsciente. Para este sujeto, la pena es un alivio, una expiación de la culpa.
Cuando el alivio desaparezca y vuelva a aparecer el sentimiento de culpa, cuando se repita el síntoma, el sujeto volverá a reincidir, en búsqueda de un nuevo castigo.
Por eso, para el neurótico con sentimiento de culpa, castigar no resuelve, sino que refuerza el ciclo.
Conclusión y Solución Psicoanalítica
La tesis de Freud nos dice que el delincuente con sentimiento de culpa no busca obtener poder, dinero o placer. Lo que busca es ser castigado.
No porque no tenga conciencia moral, sino porque tiene una conciencia moral implacable. El juez más duro está dentro de él: el Superyó.
En este caso, la pena por sí sola fracasa. No cumple su objetivo de resocialización y reinserción social del condenado. La conducta de este delincuente neurótico solo se podría modificar a través del trabajo psicoanalítico:
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Trabajando en la articulación de la culpa inconsciente.
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Desligando la necesidad de castigo del acto criminal.
Esto permite que el sujeto deje de sentirse culpable donde debería sentirse inocente y, por fin, en libertad.
Esquema del Ciclo Neurótico
| Fase | Descripción del Mecanismo Inconsciente |
| 1. Origen | Complejo de Edipo no resuelto. |
| 2. Conciencia Interna | Superyó hiper-severo y sádico (culpa inconsciente brutal). |
| 3. Presión | El Yo no soporta la presión interna. |
| 4. El Acto | Comete un delito «tonto» o simbólico. |
| 5. La «Recompensa» | Llega el castigo externo (policía, juez, cárcel). |
| 6. Alivio Temporal | El Superyó se calma: «Ya pagaste». El sujeto se siente «en paz». |
| 7. Reincidencia | El alivio es temporal. La culpa vuelve a acumularse → Vuelve a delinquir. |



